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Ley de Propiedad Horizontal
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La PROPIEDAD HORIZONTAL, se reguala a través de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, y posterior modificación Ley 8/1999, de 6 de abril.
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En este apartado vamos a enumerar las diversas materias sobre PROPIEDAD HORIZONTAL:
DEFINICION, NATURALEZA JURIDICA Y AMBITO DE APLICACION
NORMATIVA REGULADORA
PROMOCION Y CONSTRUCCION DE OBRA NUEVA
DECLARACION DE OBRA NUEVA Y DIVISION HORIZONTAL
PREHORIZONTALIDAD DEL EDIFICIO
CONSTITUCION DE LA COMUNIDAD
SERVIDUMBRES Y RELACIONES DE VECINDAD CON OTRAS FINCAS
ELEMENTOS PRIVATIVOS
ELEMENTOS COMUNES
EMPRESAS DE SERVICIOS DE LA COMUNIDAD
CONTRATOS DE LA COMUNIDAD
SEGURO DE LA COMUNIDAD
OBLIGACIONES DE LOS COPROPIETARIOS
GASTOS DE LA COMUNIDAD
PROCESO MONITORIO
ORGANOS DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD
JUNTA DE PROPIETARIOS
PRESIDENTE
SECRETARIO Y VICEPRESIDENTE
ADMINISTRADOR
RESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD
EXTINCION DE LA COMUNIDAD
COMPLEJOS INMOBILIARIOS PRIVADOS. MANCOMUNIDADES
URBANIZACIONES PRIVADAS
ENTIDADES URBANISTICAS COLABORADORAS
PLAZAS DE GARAJE
TRASTEROS
APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES INMUEBLES
FISCALIDAD DE LA COMUNIDAD
CONTABILIDAD DE LA COMUNIDAD
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y ARBITRALES
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Publicado: 25/5/2007
Fuente:
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